Con la expedición del Decreto 0379 de 2026, mediante el cual se modificó el artículo 3.2.7.5 del Decreto 780 de 2016, y su publicación en el Diario Oficial No. 53.453 del 9 de abril de 2026, se cumplió la condición pendiente para la entrada en vigor de la Resolución 532 de 2024, la cual introduce un nuevo esquema de presunción de costos para los trabajadores independientes por cuenta propia, independientes que tienen contratos diferentes a la prestación de servicios personales y, los trabajadores independientes por cuenta propia cuya actividad económica sea el transporte público automotor de carga por carretera.
El Decreto 0379 de 2026 mantiene el procedimiento general para la liquidación de aportes, pero introduce un cambio relevante en materia de presunción de costos, pues dispone que los porcentajes serán definidos y actualizados periódicamente por la UGPP a través de resolución. Antes de esta modificación, los trabajadores independientes podían aplicar los porcentajes de costos establecidos en el anexo técnico del Decreto 780 de 2016. Con la nueva normativa, dicho anexo se deroga y los porcentajes de presunción de costos pasan a ser definidos y actualizados periódicamente por la UGPP mediante resolución.
En este sentido, la misma UGPP ha señalado en su página oficial que el Decreto 0379 de 2026 establece la entrada en vigencia de la Resolución 532 de 2024 “Por la cual se determina (i) el esquema de presunción de costos de los trabajadores independientes por cuenta propia y para quienes celebren contratos diferentes de prestación de servicios personales que impliquen subcontratación y/o compra de insumos o expensas atendiendo a las actividades económicas relacionadas en la Clasificación Industrial Internacional Uniforme –CIIU revisión 4 adaptada para Colombia, y (ii) el esquema de presunción de costos para los trabajadores independientes por cuenta propia cuya actividad económica sea el transporte público automotor de carga por carretera.”
La UGPP mantiene su facultad para exigir los soportes de los costos declarados. En ausencia de estos, la entidad aplicará el coeficiente de costos definido para la actividad económica correspondiente. Con esta modificación, se busca actualizar periódicamente los costos presuntos conforme a la realidad económica y fortalecer el control sobre la correcta determinación del IBC de los trabajadores independientes.
El artículo 5 de la Resolución 532 de 2024, modificado por la Resolución 0566 de 2025, dispone que esta empezará a regir a partir del mes siguiente a la publicación del decreto modificatorio. Por ende, la interpretación actualmente más aceptada es la siguiente:
- Publicación del decreto: 9 de abril de 2026
- Entrada en vigor del nuevo esquema: mayo de 2026.
- Aportes afectados: correspondientes a mayo, pagados en junio de 2026.
Es importante tener en cuenta que el porcentaje a aplicar dependerá del tipo de ingresos percibidos, ya que en un mismo mes pueden recibirse ingresos por diferentes conceptos, a los cuales les aplican porcentajes de costos distintos.
Enlace para acceder al Decreto 0379 de 2026:
Decreto 0379 de 2026
Enlace para acceder a la Resolución 532 de 2024:
Resolución 532 de 2024
Cordialmente,
DEPARTAMENTO JURÍDICO