En atención al Auto del 12 de febrero de 2026 proferido por el Consejo de Estado, mediante el cual se resolvieron solicitudes de medidas cautelares dentro de procesos de nulidad contra el Decreto 1469 de 2025 (SMMLV 2026), nos permitimos informar lo siguiente:
- SMMLV 2026 – Antecedentes normativos.
Mediante el Decreto 1469 del 29 de diciembre de 2025, el Gobierno Nacional fijó el Salario Mínimo Mensual Legal Vigente (SMMLV) para el año 2026 en la suma de $1.750.905, con vigencia a partir del 1 de enero de 2026.
2. Pronunciamiento del Consejo de Estado.
En el Auto del 12 de febrero de 2026 con Rad. 11001-03-25-000-2026-00004-00 y acumulados, el Consejo de Estado decretó y ordenó, lo siguiente:
- Se decretó la suspensión provisional de los efectos del Decreto 1469 del 29 de diciembre de 2025.
- Se ordenó al Gobierno Nacional expedir y publicar, dentro de los ocho (8) días calendario contados a partir del día siguiente a la notificación, un nuevo decreto que fije un porcentaje transitorio de aumento del salario mínimo para 2026 y el valor total del mismo, el cual regirá hasta que se profiera sentencia.
- Se indicó que la determinación del porcentaje transitorio debe tener una fundamentación económica detallada.
- Se dispuso que la suspensión provisional solo se hará efectiva a partir de la fecha en que se publique el decreto transitorio; entre tanto, el valor del SMMLV 2026 seguirá correspondiendo al establecido en el Decreto 1469 de 2025.
- Se precisó que la suspensión provisional no afecta obligaciones y derechos calculados con base en el SMMLV 2026 del Decreto 1469 de 2025 que hayan sido efectivamente causados o pagados antes de la publicación del decreto transitorio.
- Se advirtió la prohibición de reproducción del acto suspendido si conserva en esencia las mismas disposiciones y que el desacato puede generar sanciones, sin perjuicio de responsabilidades disciplinarias o penales.
- Se ordenó allegar informe de cumplimiento una vez publicado el decreto transitorio, acompañado de copia del acto, antecedentes y constancia de publicación.
3. Implicaciones legales y recomendaciones prácticas.
Mientras no se publique el decreto transitorio, el SMMLV aplicable para 2026 continúa siendo el establecido en el Decreto 1469 de 2025 ($1.750.905), en virtud del diferimiento de efectos ordenado.
No se prevén ajustes sobre obligaciones ya causadas o pagadas antes del decreto transitorio con base en el valor fijado por el Decreto 1469 de 2025, según lo ordenado expresamente en la providencia.
Estaremos atentos para acompañarlos en la interpretación y aplicación práctica de estas decisiones, así como en los ajustes laborales y contractuales que se requieran una vez se expida el decreto transitorio ordenado por el Consejo de Estado.
Cordialmente,
DEPARTAMENTO JURÍDICO