Blog Reporte a Superintendencia de Sociedades de las denominadas Sociedades BIC

Reporte a Superintendencia de Sociedades de las denominadas Sociedades BIC

En la circular externa 100-00007 de mayo de 2021 se establecen los plazos para acreditar el cumplimiento de haber realizado, presentado y publicado el Reporte de Gestión BIC con el que deben cumplir las Sociedades BIC (Sociedades de Beneficio e Interés Colectivo). A continuación se detalla la definición de este tipo de sociedades, sus beneficios y los plazos de los reportes.

¿Qué son las Sociedades BIC?

Son empresas colombianas, de naturaleza comercial, que voluntariamente se acogen a este modelo que pretende combinar las ventajas de su actividad comercial para crear valor económico, social y ambiental. Garantizan transparencia en el reporte de su impacto empresarial en cinco dimensiones: modelo de negocio, gobierno corporativo, prácticas laborales, prácticas ambientales y prácticas con la comunidad.

¿Qué beneficios tienen las Sociedades BIC?

  • Aumento de su valor reputacional en el mercado
  • Acceden a incentivos económicos o tributarios creados por el gobierno
  • Puntos adicionales en convocatorias del SENA, Innpulsa y Colombia Productiva,
  • Atracción de inversión privada
  • Tasas de interés preferencial para líneas de crédito de Bancóldex,
  • Fidelización de clientes y proveedores
  • Tarifas reducidas en productos y servicios de la Superintendencia de Industria y Comercio y del ICONTEC, entre otros beneficios.

¿Cuándo nacen las Sociedades BIC en Colombia y quien las supervisa?

Esta figura se creó a través de la ley 1901 de 2018 y es de adopción voluntaria, la supervisión de estas sociedades recae sobre la Superintendencia de Sociedades razón por la cual solicita presentación de información y establece plazos para su envío así:

La información a presentar es la siguiente:

  • Copia del Reporte de Gestión BIC;
  • Extracto del acta del máximo órgano social en donde se presentó y aprobó el Reporte de Gestión BIC; y
  • Soporte de haber publicado el Reporte de Gestión BIC en la página web de la sociedad o, en caso de que la sociedad no cuente con página web, que el mismo se encuentre disponible en su domicilio.

Los plazos de envío son:

Año 2021:  La información deberá remitirse máximo el 31 de julio de 2021

Año 2022 y siguientes: La información deberá remitirse máximo el 30 de abril de cada año       

Tenga en cuenta que si está interesado en conocer más a fondo este modelo de sociedades, en la cámara de comercio de su jurisdicción se realiza orientación en la materia.

Quedamos atentos a solucionar sus inquietudes.

MARIBEL MARÍN PINO
Líder Contable y de NIIF

Necesita mas información?

Prestamos asesoría especializada en temas tributarios, contables, financieros y jurídicos.

Contáctenos