A través de la Resolución 000028 del 28 de febrero de 2022, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) modificó el plazo especial para la primera generación y transmisión del documento soporte de pago de nómina y sus notas de ajuste para los empleadores que tienen a su cargo entre 1 y 10 empleados.
De acuerdo con la Resolución, los 10 primeros días hábiles de mayo 2022 deberá hacerse la transmisión de la nómina electrónica de diciembre 2021, enero 2022 y febrero 2022 y, la transmisión correspondiente a marzo, abril y mayo de 2022 debe hacerse dentro de los 10 primeros días hábiles de junio 2022. Lo anterior, siempre y cuando los empleadores no hayan llevado a cabo la implementación de forma anticipada.
Los sujetos NO obligados a expedir factura electrónica deben realizar la primera transmisión, correspondiente a junio de 2022, dentro de los 10 primeros días hábiles de julio 2022.
Cualquier inquietud con respecto a lo anterior, quedamos a su disposición.
DEPARTAMENTO JURIDICO