Mediante la Resolución 000098 del 28 de octubre de 2020 la DIAN informó los sujetos obligados a presentar información exógena por el año 2021, entre los cuales se destacan:
- Las personas naturales y sus asimiladas que durante el año gravable 2020 o en el 2021 hayan obtenido ingresos brutos superiores a quinientos millones de pesos ($500.000.000) y que la suma de los ingresos brutos obtenidos por rentas de capital y/o rentas no laborales durante el 2021 superen los cien millones de pesos ($100.000.000).
- Las personas jurídicas y sus asimiladas y demás entidades públicas y privadas que en el año gravable 2021 hayan obtenido ingresos brutos superiores a cien millones de pesos ($100.000.000) y todas aquellas que sean Agentes de Retención, en la práctica, todas las Personas Jurídicas.
- Los plazos para el reporte de esta información empiezan el 10 de mayo del 2022, si considera que usted, un familiar o su empresa cumple alguna de las condiciones anteriores, lo invitamos a que se comunique con nosotros con el fin de empezar a darle tramite a la mayor brevedad posible.
Si desea que profundicemos en el tema estamos a su disposición para que analicemos personal o telefónicamente su caso.
Cualquier inquietud con gusto será atendida.
HUMBERTO CADAVID MARQUEZ NUBIA AMPARO ARIAS ARIAS
Gerente General Líder Departamento de Impuestos