El Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió el 4 de junio el decreto legislativo 815 con relación al programa de apoyo al empleo formal – PAEF, en los siguientes términos:
Primero: El decreto 639 creó el programaPAEF que otorga a los beneficiarios, un aporte monetario mensual de naturaleza estatal y hasta por tres veces, con el objeto de apoyar y proteger el empleo formal del país durante la pandemia; inicialmente solo para personas jurídicas.
Segundo: El decreto 677 incluyó como beneficiarios del programa a las personas naturales, consorcios y uniones temporales, en tanto constituyen también una importante fuente de empleo formal.
Tercero: El gobierno nacional reconoce la necesidad de ampliar el programa por un (1) mes adicional, por lo cual el PAEF estará vigente por los meses de mayo, junio, julio y agosto de 2020.
Cuarto: En consecuencia, el aporte estatal podrá ser solicitado hasta por cuatro ocasiones y el beneficiario deberá cumplir, en cada caso, con el respectivo procedimiento. Quinto: En materia impositiva se incorporó la siguiente normativa: los pagos o abonos en cuenta que hayan realizado o realicen las entidades financieras a los beneficiarios del PAEF, por concepto del aporte estatal, no están sujetos a retención en la fuente.
Ver el decreto completo en: https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%20815 %20DEL%204%20DE%20JUNIO%20DE%202020.pdf
Cualquier inquietud con respecto a lo anterior, quedamos a su disposición.
BEATRIZ MARQUEZ GOMEZ
Abogada
Medellín, junio 2020.