Blog Negociación con la ANT (Agencia Nacional de Tierras) para venta de inmuebles en determinadas zonas del país

Negociación con la ANT (Agencia Nacional de Tierras) para venta de inmuebles en determinadas zonas del país

El Decreto 033 de 2025 determinó que los ciudadanos deberán informar a la Agencia Nacional de Tierras, previo a iniciar el proceso de escrituración sobre los negocios jurídicos que dispongan o prometan disponer del derecho real de dominio sobre los predios que cumplan con los requisitos que más adelante se detallan, para que dicha entidad pueda ejercer la opción privilegiada de compra:

  • Que el predio se encuentre al interior de uno de los municipios priorizados por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.
  • Que la extensión del Predio sea superior a dos (2) Unidades Agrícolas Familiares- UAF, según la reglamentación expedida por la Agencia Nacional de Tierras, o que la primera adjudicación se hubiere efectuado en un lapso superior a los quince años de conformidad con el Artículo 39 de la Ley 160 de 1994.

Los municipios priorizados de la reforma agraria para este año son:

(Imagen tomada de la Circular CIR-2025-000184-4 de la Superintendencia de Notariado y Registro)

Como consecuencia, si realiza algún tipo de estos negocios sobre tierras ubicadas en algún municipio de la anterior imagen y tiene una extensión superior a 2 UAF o  la primera adjudicación se hubiere efectuado en un lapso superior a los quince años de conformidad con el Artículo 39 de la Ley 160 de 1994, deberá ingresar a https://www.supernotariado.gov.co/gestion-de-predios-para-la-agencia-nacional-de-tierras/ para llenar el formulario correspondiente y hacerle llegar la petición a la ANT.

Las notarías solo permitirán la suscripción de estos negocios siempre y cuando se les anexe:

  • Respuesta negativa por parte de la Agencia Nacional de Tierras – ANT sobre la posibilidad de acceder a la opción privilegiada de compra, o
  • Constancia de que pasaron 15 días hábiles, desde el diligenciamiento de la información, en el micrositio dispuesto por la Superintendencia de Notariado y Registro, sin que la Agencia Nacional de Tierras – ANT se pronunciara al respecto.

Si tiene un negocio en estos municipios no dude en contactarnos para brindarle la asesoría jurídica correspondiente.

Estefanía Márquez Márquez
Departamento Jurídico

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