República de Colombia - DIAN | Artículo 908 ET
El Régimen Simple de Tributación (SIMPLE) es un sistema tributario alternativo, de carácter opcional y voluntario, que sustituye el régimen ordinario del impuesto sobre la renta y ofrece una forma simplificada de cumplimiento fiscal para determinados contribuyentes.
Este régimen integra en una sola obligación tributaria varios impuestos nacionales y territoriales:
Reemplaza el impuesto sobre la renta del régimen ordinario
Incluye ICA consolidado, avisos, tableros y sobretasa bomberil
Para quienes estén obligados como responsables del IVA
Impuesto nacional al consumo para expendio de comidas y bebidas
Impuesto sobre las ganancias ocasionales
El período gravable del régimen SIMPLE es anual, pero su pago se realiza mediante anticipos bimestrales, liquidados sobre los ingresos brutos obtenidos.
Para determinar el valor del impuesto SIMPLE, se sigue el siguiente esquema:
✨ Beneficio Importante: El régimen SIMPLE exime a sus contribuyentes de las retenciones en la fuente a título del impuesto sobre la renta y del impuesto de industria y comercio (ICA).
Pueden optar por el régimen SIMPLE:
No podrán acogerse al régimen SIMPLE:
Las tarifas del impuesto bajo el sistema del SIMPLE se clasifican según la actividad económica en cuatro grupos:
Tiendas, mini-mercados y peluquerías
Comercio, servicios técnicos e industria
Expendio de comidas/bebidas y transporte
Servicios profesionales y consultoría
📌 Nota Legal: Este análisis tiene como finalidad evaluar la viabilidad económica y legal de constituir una sociedad para vincularse al Régimen Simple de Tributación, considerando los beneficios fiscales y el cumplimiento de los requisitos exigidos por el Estatuto Tributario y demás normas reglamentarias aplicables.
📌 Declaración Anual Consolidada: Tarifas del impuesto unificado bajo el Régimen Simple de Tributación (Art. 908 ET). Se aplican sobre los ingresos brutos anuales según la actividad económica.
| Desde (UVT) | Hasta (UVT) | Tarifa |
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📌 Anticipos Bimestrales: Tarifas para el pago bimestral anticipado del SIMPLE (Parágrafo 4, Art. 908 ET).
📋 Formulario: 2593 - Recibo electrónico del Régimen SIMPLE.
| Desde (UVT) | Hasta (UVT) | Tarifa |
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🗓️ Calendario de Pagos 2026: Ingresa tu NIT para calcular las fechas exactas de pago de los anticipos bimestrales.
💡 Cómo funciona: Las fechas se determinan según el último dígito de tu NIT.
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