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GUTIÉRREZ MÁRQUEZ
ASESORES

📊 Régimen Simple de Tributación 2026

República de Colombia - DIAN | Artículo 908 ET

💰 Valor UVT 2026: $52.374 COP
📚 ¿Qué es el RST?
📅 Declaración Anual
📆 Anticipos Bimestrales
🗓️ Calendario de Pagos

¿Qué es el Régimen Simple de Tributación?

El Régimen Simple de Tributación (SIMPLE) es un sistema tributario alternativo, de carácter opcional y voluntario, que sustituye el régimen ordinario del impuesto sobre la renta y ofrece una forma simplificada de cumplimiento fiscal para determinados contribuyentes.

🎯 Impuestos que Integra el Régimen SIMPLE

Este régimen integra en una sola obligación tributaria varios impuestos nacionales y territoriales:

💼 Impuesto sobre la Renta

Reemplaza el impuesto sobre la renta del régimen ordinario

🏢 Industria y Comercio

Incluye ICA consolidado, avisos, tableros y sobretasa bomberil

🧾 IVA (si aplica)

Para quienes estén obligados como responsables del IVA

🍽️ Consumo

Impuesto nacional al consumo para expendio de comidas y bebidas

🎁 Ganancias Ocasionales

Impuesto sobre las ganancias ocasionales

💰 Cálculo del Impuesto SIMPLE

El período gravable del régimen SIMPLE es anual, pero su pago se realiza mediante anticipos bimestrales, liquidados sobre los ingresos brutos obtenidos.

Para determinar el valor del impuesto SIMPLE, se sigue el siguiente esquema:

  • Se suman todos los ingresos brutos obtenidos en el período (ordinarios y extraordinarios)
  • Se restan los ingresos no constitutivos de renta
  • Sobre la base resultante se aplica la tarifa correspondiente, definida según la actividad económica
  • Al valor determinado se le restan los siguientes descuentos tributarios autorizados:
    • El 0,5% de los pagos electrónicos efectivamente recibidos o el GMF debidamente certificado
    • El valor de los aportes al sistema general de pensiones por trabajadores vinculados

✨ Beneficio Importante: El régimen SIMPLE exime a sus contribuyentes de las retenciones en la fuente a título del impuesto sobre la renta y del impuesto de industria y comercio (ICA).

✅ ¿Quiénes Pueden Acogerse al RST?

Pueden optar por el régimen SIMPLE:

  • Personas naturales que desarrollen empresa, incluyendo profesionales liberales
  • Personas jurídicas de naturaleza societaria, cuyos socios o accionistas sean personas naturales residentes en Colombia
  • Haber obtenido en el año gravable anterior ingresos brutos inferiores a 100.000 UVT (aproximadamente $5.237.400.000 en 2026)
  • Estar al día en el cumplimiento de obligaciones tributarias a nivel nacional, departamental y municipal
  • Estar al día en el pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral

❌ Inhabilidades para Pertenecer al RST

No podrán acogerse al régimen SIMPLE:

  • Las personas jurídicas extranjeras
  • Las sucursales, agencias, filiales o subsidiarias de sociedades nacionales o extranjeras
  • Las sociedades que sean accionistas, socias o partícipes en otras personas jurídicas
  • Las sociedades cuyos socios o administradores tengan en sustancia una relación laboral con el contratante
  • Las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera
  • Los contribuyentes cuya actividad se enmarque en intermediación, arrendamiento de activos, obtención de ingresos pasivos o rentistas de capital
  • Las personas naturales que tengan contratos laborales

📊 Clasificación de Actividades Económicas

Las tarifas del impuesto bajo el sistema del SIMPLE se clasifican según la actividad económica en cuatro grupos:

🏪 Grupo 1

Tiendas, mini-mercados y peluquerías

🏭 Grupo 2

Comercio, servicios técnicos e industria

🍽️ Grupo 3

Expendio de comidas/bebidas y transporte

👨‍💼 Grupo 3 SIC

Servicios profesionales y consultoría

📌 Nota Legal: Este análisis tiene como finalidad evaluar la viabilidad económica y legal de constituir una sociedad para vincularse al Régimen Simple de Tributación, considerando los beneficios fiscales y el cumplimiento de los requisitos exigidos por el Estatuto Tributario y demás normas reglamentarias aplicables.

📌 Declaración Anual Consolidada: Tarifas del impuesto unificado bajo el Régimen Simple de Tributación (Art. 908 ET). Se aplican sobre los ingresos brutos anuales según la actividad económica.

Anual

Desde (UVT)Hasta (UVT)Tarifa

📌 Anticipos Bimestrales: Tarifas para el pago bimestral anticipado del SIMPLE (Parágrafo 4, Art. 908 ET).

📋 Formulario: 2593 - Recibo electrónico del Régimen SIMPLE.

Bimestral

Desde (UVT)Hasta (UVT)Tarifa

🗓️ Calendario de Pagos 2026: Ingresa tu NIT para calcular las fechas exactas de pago de los anticipos bimestrales.

💡 Cómo funciona: Las fechas se determinan según el último dígito de tu NIT.

📋 Ingresa tu NIT

Escribe tu número de NIT sin puntos ni guiones